Esta calculadora te dice cuánto vale tu hora extra y cuánto cobrarás en neto por las que has hecho. Parte de tu salario bruto anual y de la jornada anual de tu convenio para obtener el valor de la hora ordinaria.
Sobre ese valor aplica el recargo que fije tu convenio y después resta la cotización a la Seguridad Social y la retención de IRPF. El resultado es orientativo: tu nómina puede redondear de otra forma.
Cómo se calcula
- Hora ordinaria. Bruto anual dividido entre la jornada anual de tu convenio. Por defecto se usan 1.792 horas, que equivalen a unas 40 horas semanales descontando vacaciones y festivos. El bruto anual incluye las pagas extra.
- Precio de la hora extra. Hora ordinaria × (1 + recargo del convenio). Con un recargo del 0 % la hora extra vale lo mismo que la ordinaria, que es el mínimo legal.
- Importe bruto. Precio de la hora extra × número de horas.
- Cotización. Se resta la cotización del trabajador: la adicional por horas extra, del 4,70 % o del 2 % si son por fuerza mayor, más el 1,55 % de desempleo y el 0,10 % de formación. En total, el 6,35 % o el 3,65 %.
- IRPF. Importe bruto × tu tipo de retención.
- Neto. Importe bruto − cotización − IRPF.
Ejemplo
Con 24.000 € brutos al año y 1.792 horas de jornada, la hora ordinaria vale 13,39 €. Si tu convenio paga un recargo del 25 %, cada hora extra vale 16,74 €. Por 10 horas cobras 167,41 € brutos; se restan 10,63 € de cotización al 6,35 % y 23,44 € de IRPF al 14 %, y te quedan 133,34 € netos.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se tiene que pagar como mínimo una hora extra?
La ley exige que se pague al menos como una hora ordinaria o que se compense con un descanso equivalente. Si tu convenio fija un recargo, por ejemplo del 25 % o del 75 %, la empresa debe aplicarlo.
¿Cuántas horas extra puedo hacer al año?
Un máximo de 80. No cuentan para ese límite las que se compensan con descanso en los 4 meses siguientes ni las hechas por fuerza mayor, como reparar siniestros o daños urgentes.
¿Las horas extra cotizan a la Seguridad Social?
Sí. Llevan una cotización adicional: el trabajador paga el 4,70 % y la empresa el 23,60 %. Si son por fuerza mayor, el 2 % y el 12 %. Además, el trabajador cotiza un 1,55 % por desempleo y un 0,10 % por formación.
¿Me retienen más IRPF por hacer horas extra?
Se les aplica tu tipo de retención habitual. Si con ellas tu sueldo anual sube bastante, la empresa puede recalcular el tipo en las nóminas siguientes.